Guías Útiles
Las cenizas se depositan en un cementerio nacional con los mismos honores que un entierro en ataúd, sin costo para la familia. Muchas familias nunca se enteran.
Para un veterano elegible, el entierro en un cementerio nacional del VA con espacio disponible incluye la parcela o el nicho del columbario, la apertura y el cierre, el cuidado perpetuo, una lápida o marcador del gobierno, una bandera, y un Certificado Conmemorativo Presidencial firmado por el Presidente. La familia no paga nada por ello.
Las cenizas se inurnan de la misma manera y con los mismos honores que los restos en ataúd. Elegir la cremación no reduce el derecho en absoluto.
En general, un veterano dado de baja en condiciones distintas a la deshonrosa. El cónyuge o cónyuge sobreviviente y los hijos dependientes suelen ser elegibles para el entierro en un cementerio nacional junto al veterano, incluso si fallecen antes, y en algunas circunstancias incluso si el cónyuge se volvió a casar.
La elegibilidad la determina el VA, no nosotros, y hay casos límite. Si existe cualquier duda, vale la pena preguntar en vez de suponer que la respuesta es no.
El DD-214, o el documento de baja equivalente para servicios más antiguos. Si la familia no lo encuentra, se puede solicitar una copia a los Archivos Nacionales, aunque eso toma tiempo, así que conviene empezar pronto.
Nosotros hacemos la solicitud al cementerio en nombre de la familia y nos encargamos del trámite. Díganos en la primera llamada que su ser querido sirvió, porque cambia lo que hacemos a continuación.
Aparte del beneficio del cementerio, un veterano elegible tiene derecho a honores funerarios militares: como mínimo el plegado y la entrega de la bandera y el toque de silencio por al menos dos militares uniformados. Esto puede realizarse en un servicio conmemorativo después de una cremación, no solo junto a una tumba. Debe solicitarse, y nosotros podemos hacerlo.
Algunas familias de veteranos también pueden calificar para una asignación funeraria del VA, un reembolso monetario para los costos funerarios. La elegibilidad es más estrecha que la del cementerio nacional y depende de las circunstancias del fallecimiento y del estatus del veterano. Vale la pena consultarlo con el VA, y podemos indicarle el formulario correcto.
Sí. Las cenizas se inurnan en un cementerio nacional del VA de la misma manera y con los mismos honores que los restos en ataúd, sin costo para la familia. El beneficio incluye el nicho o la parcela, el marcador, una bandera, el cuidado perpetuo y un Certificado Conmemorativo Presidencial.
El DD-214 o el documento de baja equivalente. Si la familia no lo encuentra, se puede pedir una copia a los Archivos Nacionales, lo que toma tiempo, así que conviene empezar lo antes posible.
Un cónyuge o cónyuge sobreviviente y los hijos dependientes suelen ser elegibles para el entierro en un cementerio nacional junto al veterano. La elegibilidad la determina el VA, y hay casos límite que conviene consultar en vez de dar por supuestos.
De seis a diez originales certificados cubre la mayoría de los casos. Aquí está quién acepta una fotocopia, quién no, y por qué importa cuál entrega.
Puede llevar las cenizas a bordo. Lo que detiene a la gente es la urna: si el personal de seguridad no puede ver dentro, no pasa.
El famoso pago de $255 es real, y es pequeño. El derecho que merece su atención es el beneficio de sobreviviente continuo que casi nadie menciona.
Este es el malentendido más frecuente que encontramos, y detiene a las familias justo en el peor momento.
La cremación está permitida. La orientación que sigue trata de qué ocurre después con las cenizas, y es más concreta de lo que la mayoría de las familias espera.
Un director funerario con licencia contesta a cualquier hora. Llamar no cuesta nada y no hay compromiso.
Llame al (239) 207-0390Atendemos 24 horas, 7 días · English spoken